Mediación online durante el Coronavirus Covid19

La crisis del Covid19 en España puede dificultar los encuentros personales en los que resolver conflictos de carácter civil o mercantil; no sólo procesos de mediación al uso sino, incluso, en los tribunales, dado que las reuniones físicas están prohibidas. Frente a la crisis del coronavirus se pone de relieve una de las principales ventajas de la mediación: la flexibilidad a la hora de adaptarse a las necesidades de las partes. Por eso, mientras el Covid 19 limite las reuniones personales, merece la pena tener en cuenta que los procesos de mediación pueden seguir desarrollándose gracias a la mediación electrónica o mediación online.

La mediación online puede ser posible durante la crisis del Covid19 en España

La mediación electrónica (a distancia) es aquella en la que algunas o todas las sesiones se desarrollan gracias a procedimientos electrónicos como las videoconferencias o las videollamadas. Lógicamente, las partes interesadas en resolver el conflicto gracias a un proceso de mediación –ya sea mediación en el divorcio o mediación en la empresa– deben disponer de los dispositivos electrónicos necesarios. Aunque también existe la posibilidad de utilizar chats y otras tecnologías para poder llevar a cabo la mediación electrónica. Dependiendo de cada caso, el mediador puede plantear una u otra vía de comunicación, atendiendo a las ventajas y desventajas que presente para cada situación. Además, el mediador debe tener en cuenta que toda la documentación relacionada con la mediación también debe poder remitirse y firmarse de manera electrónica.

Las personas que tengan un procedimiento judicial en marcha que haya sido detenido por la crisis del Covid19 en España también pueden recurrir a la mediación online para tratar de resolverlo de una manera alternativa. El comienzo del procedimiento de mediación paraliza el proceso judicial, si se solicita, que puede retomarse en caso de que la mediación termine sin acuerdo. Si se alcanza un convenio, bastaría con presentarlo ante el juez para que apruebe la validez del acuerdo de mediación y dé por terminado el expediente judicial.

Incluso cuando lo peor de la crisis del Coronavirus haya pasado, la mediación electrónica puede seguir siendo una alternativa a la resolución judicial de conflictos, dado que las limitaciones de reuniones personales pueden mantenerse durante cierto tiempo o reanudarse en determinados periodos del año.

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