El acuerdo de mediación

En España, el acuerdo de mediación es el documento en el que las personas que han resuelto su problema recogen sus obligaciones y regulan su futura relación.

Qué es el acuerdo de mediación

Desde un punto de vista técnico, el acuerdo de mediación es un contrato que firman las personas que han acudido a una mediación y que han solucionado su problema gracias a ella.

Entre los conflictos que pueden resolverse con un acuerdo de mediación podemos hablar de cómo repartir un piso en una separación o la custodia compartida de los hijos sin estar casados.

El acuerdo de mediación también es clave a la hora de valorar cómo separarse bien con hijos y que estos no sufran.

En primer lugar, el acuerdo de mediación es un contrato vinculante y debe ser cumplido en sus términos.

Además, el acuerdo de mediación puede ser total o parcial.

Podremos decir que el acuerdo de mediación es total si en él se resuelven todas las cuestiones que enfrentaban a las personas.

Estaremos ante un acuerdo de mediación parcial si resuelve algunas cuestiones, pero no todas.

La Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles nos dice que en este acuerdo deben figurar las obligaciones que cada persona asume tras la mediación.

Es decir, como ocurre en todos los contratos, el acuerdo de mediación incluirá las cláusulas con los convenios acordados entre las personas; por ejemplo, qué deberán darse, qué deberán hacer o qué deberán no hacer.

Estas características hacen que la mediación sea un proceso ideal para llegar a un acuerdo y evitar el juicio.

Firma del acuerdo de mediación

Las cuestiones que se pueden incluir en el acuerdo de mediación son tan amplias como complejo sea el problema y como quieran las personas que han acudido a la mediación.

Por ejemplo, un acuerdo de mediación puede contemplar lo acordado para resolver conflictos familiares de verano o todo lo necesario para repartir una herencia de forma permanente.

Una cualidad muy importante del acuerdo de mediación es que debe figurar por escrito.

Sin esta condición, no se puede decir que exista acuerdo.

Esto quiere decir que nunca podrá existir un acuerdo de mediación verbal.

Podrá ser un acuerdo verbal, pero no un acuerdo de mediación.

Así se entiende de la Ley de Mediación, donde se dice que el acuerdo deberá ser firmado por las personas que se han sometido a mediación y cada una deberá tener una copia del acuerdo.

La doctrina científica suele equiparar el acuerdo de mediación con la transacción que se regula en el Código civil español. Este artículo de los abogados Álvaro López y José María Fernández es un ejemplo de ello.

Esto implica que el acuerdo de mediación suponga la renuncia a iniciar un juicio sobre el asunto que se resuelve en él y que, si alguna de las personas inicia ese juicio, la otra pueda oponer que ya se resolvió por acuerdo.

Qué validez tiene un acuerdo de mediación

El acuerdo de mediación tiene plena validez, pues es un contrato entre dos personas. Es decir, el acuerdo de mediación tiene la misma validez legal que los contratos que firmamos habitualmente.

Esto significa que cada persona debe cumplir los compromisos que recoge el acuerdo de mediación, porque son de obligado cumplimiento.

En caso de que no los cumpla, la otra persona puede demandar en un juicio su cumplimiento.

Para dotar de mayor eficacia a un acuerdo de mediación, es decir, para que, si se incumple, se pueda pedir rápidamente a un juez que obligue a su cumplimiento, el acuerdo se puede llevar ante Notario.

El Notario verificará que el acuerdo de mediación es legal y que se han seguido las formalidades de la Ley de Mediación y lo convertirá en escritura pública.

Este proceso tiene un coste aproximado de 50 euros y lo puede pedir cualquiera de las personas que fue a mediación, aunque la otra no quiera.

Son legales los acuerdos que se logran en una mediación

Los acuerdos que se alcanzan en una mediación son completamente legales.

Y lo son por dos motivos.

En primer lugar, porque nacen del acuerdo de las personas que han ido a mediación.

Lógicamente, el mediador debe velar porque lo que convengan las partes se pueda acordar, es decir, que la ley no prohíba acuerdos sobre esa materia.

Un buen ejemplo de ello es que se puede acordar el importe de la pensión de alimentos que pagar a los hijos en un divorcio, pero no se puede convenir que no se pagarán esos alimentos. También se puede negociar qué hacer si no te dejan ver a tus nietos.

El segundo motivo por el que los acuerdos de mediación son legales los acuerdos de una mediación es porque el Código civil lo dice.

La ley expresa que las personas podrán someter a mediación todo aquello sobre lo que puedan negociar y que los acuerdos se recogerán en un documento escrito (el acuerdo de mediación) que sólo será impugnable por las causas de nulidad de los contratos.

Todo acuerdo genera obligaciones a las que la ley reconoce plena eficacia y la posibilidad de exigirlas.

Qué efecto tiene el acuerdo de mediación

El acuerdo de mediación tiene dos efectos principales.

El primer efecto del acuerdo de mediación es dar por finalizada la mediación y por terminado el conflicto que enfrentaba a las personas.

Como consecuencia de ello, ese conflicto ya no se puede plantear en una mediación, un arbitraje o un juicio posterior.

El segundo efecto del acuerdo de mediación es la obligatoriedad de cumplimiento de las cláusulas reflejadas en el acuerdo de mediación.

El incumplimiento de estas cláusulas sí se puede llevar a juicio.

Quién firma un acuerdo de mediación

El acuerdo de mediación lo firman las personas que tenían el conflicto.

Cada una de ellas debe llevarse una copia del acuerdo.

No hay que confundir el acuerdo de mediación con el acta final de mediación.

Este último documento, refleja el acuerdo y también lleva las firmas de los mediadores que han intervenido en la mediación.

Ejecución del acuerdo homologado judicialmente

La mediación se puede producir cuando ya hay un juicio en marcha.

En este caso, el juicio se suspendería (quedaría congelado), a la espera de que las personas alcancen un acuerdo.

Si se logra el acuerdo, este debe llevarse ante el juez para que lo homologue.

Este trámite consiste en que el juez verifica que el acuerdo resuelve el problema que se le planteaba y que es totalmente legal.

Después, lo que hace el juez es reproducir el acuerdo en un auto.

El auto que emite el juez con el acuerdo de mediación es el título ejecutivo, de tal manera que, si alguna de las personas no cumple lo acordado, la otra podrá dirigirse al juez para que le obligue a cumplirlo.

Qué pasa si no se llega a un acuerdo en una mediación

Nada. En España, si no se llega a un acuerdo de mediación no pasa nada.

No tiene consecuencias jurídicas negativas para ninguna de las personas.

Si se está en juicio y no se llega a un acuerdo, el juicio proseguirá y el juez dictará sentencia. Lo mismo sucederá en un arbitraje.

A los mediadores siempre nos apena que no se llegue a un acuerdo, pero a veces sucede.

En este caso, cada una de las personas interesadas podrá recurrir a un juicio o un arbitraje (si no estaba ya en uno) para intentar que le den la razón.

Se puede llegar a un acuerdo en una demanda

En un pleito civil siempre es posible llegar a un acuerdo cuando se ha presentado la demanda. Y el acuerdo es posible incluso cuando ya se ha celebrado el juicio, antes de que el juez emita sentencia.

Por eso es importante negociar incluso cuando se está en juicio, porque siempre será mejor un acuerdo voluntario que la sentencia que nos pueda imponer una tercera persona que no conoce todas las complejidades del problema que se le presenta.

Formalidades del acuerdo de mediación

El acuerdo de mediación, para ser tal, debe cumplir unas formalidades.

La Ley de Mediación de España las recoge y son:

  • Figurar por escrito.
  • Contemplar la identidad y el domicilio de las personas que fueron a mediación.
  • Indicar el lugar y la fecha en que se firma.
  • Incluir las obligaciones que cada persona asume.
  • Expresar que se ha seguido un procedimiento de mediación conforme a la ley y quiénes han sido los mediadores que han intervenido.
  • La firma de las personas que acuerdan o de sus representantes.

Los mediadores familiares y mercantiles de Pactio Mediación cuidamos mucho todos los detalles del acuerdo de mediación, explicando con antelación sus características y repercusiones, y asegurándonos de que todos los matices queden bien planteados en el escrito final.

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