Divorcio de mutuo acuerdo a través de Internet, ¿es posible?

En nuestro despacho ya hemos explicado cómo la mediación ayuda en los divorcios de mutuo acuerdo y en los contenciosos. Cuando un matrimonio decide romper su vínculo conyugal, y la pareja no se pone de acuerdo sobre las condiciones que regularán esta ruptura (indemnizaciones, pensiones de alimentos, cuidado de los hijos, etcétera), la mediación es un canal eficaz para comunicarse, conservar la relación futura y acordar todos esos detalles. La pandemia de coronavirus Covid-19 ha dificultado las separaciones y divorcios, pero en Portugal han sido imaginativos y han puesto en marcha el divorcio de mutuo acuerdo por Internet. ¿Podría implantarse en España?

En nuestro país, los partidos políticos y los legisladores son poco audaces, así que es improbable que en el corto plazo se implante la posibilidad de divorcio de mutuo acuerdo a distancia o por Internet.

El divorcio de mutuo acuerdo supone que los dos cónyuges están conformes con divorciarse y que tienen relativamente claro cómo serán los términos de esa ruptura.

La principal ventaja es que este tipo de divorcio se puede hacer ante Notario y no es necesario acudir a un juzgado, salvo si hay menores de por medio, por lo que es más rápido.

Además, la pareja puede usar el mismo abogado.

En Portugal, el Gobierno ha creado una plataforma virtual que permite divorciarse a distancia de mutuo acuerdo.

Este servicio se realiza en una aplicación en la que participan Notarios, Abogados y oficinas del Ministerio de Justicia y que garantiza la autenticidad de los trámites.

Además de divorcios, en esta plataforma se pueden firmar escrituras o autentificar documentos.

De esta manera se facilitan las rupturas matrimoniales en pleno confinamiento sin necesidad de desplazamientos y también se descongestiona de trabajo futuro de los juzgados.

En España, de momento, esta solución no es posible. Pero sí que se puede realizar mediación para el divorcio de mutuo acuerdo a distancia, de forma online a través de Internet.

La mediación electrónica permite desarrollar procedimientos de este tipo en los que cada uno de los cónyuges se encuentre en un domicilio diferente, o en el mismo domicilio, y no es necesario que acudan a ningún lugar para acordar las condiciones del fin de su matrimonio.

Son necesarios un par de apuntes.

Primero, en la mediación para el divorcio de mutuo acuerdo el mediador no dictamina el divorcio, no es un juez.

Los mediadores ayudamos a que los dos cónyuges se entiendan y acuerden aquellos detalles sobre los que tienen controversia.

Con posterioridad, los cónyuges deberán acudir, con el acuerdo, el convenio regulador y su Abogado, ante el Notario para que el divorcio sea efectivo y quede registrado en escritura pública.

Segundo, si dos cónyuges que se divorcian tienen claro todos los extremos de su ruptura matrimonial (indemnizaciones, pensiones, extinción del régimen económico del matrimonio, etcétera) no recurrirán a la mediación, pues no hay conflicto en el que mediar.

Es decir, la mediación para el divorcio sólo es necesaria en caso de desencuentros en los términos que deben regir la ruptura matrimonial.

Otro detalle importante es la existencia de hijos menores de edad en el matrimonio.

En este caso también se puede producir un divorcio de mutuo acuerdo. Si hay desavenencia en algún punto, se puede acudir a mediación para solucionarlo.

Pero al existir hijos menores de edad, el divorcio tendrá que pasar obligatoriamente por el Juzgado y la Fiscalía, que velan por el interés superior del menor.

Es muy raro que, si los padres han acordado de forma amistosa el reparto de la custodia de su hijo, el régimen de visitas y el domicilio familiar del menor, el Juez y el Fiscal se vayan a oponer.

Pero aún así, el asunto debe tramitarse en el juzgado necesariamente.

En estos casos, la mediación también ayuda, por ejemplo, a definir un régimen de custodia y visita de los menores o las pensiones de alimentos que se les deben abonar.

Los divorcios con hijos también se pueden mediar a distancia, pero en este caso es más complicado, pues los mediadores casi siempre preferimos hablar con el menor y esta charla, como el resto del proceso de mediación, es confidencial, incluso para los padres. Se pueden hacer excepciones con las cuestiones en las que el menor nos autorice a comunicar a sus progenitores.

Por ello, los mediadores familiares de Pactio Mediación creemos que no es recomendable realizar la mediación con hijos a distancia.

Cabe la posibilidad de que el menor puede estar influido por el progenitor con el que conviva. Además, se pueden perder ciertos matices de expresiones no verbales que ayudan a comprender muchas situaciones.

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