Reglamento de mediación de la Comunidad Valenciana: por el buen camino

Hace pocas semanas, la Generalitat Valenciana aprobó el Decreto 55/2021, de 23 de abril, del Consell, de aprobación del Reglamento de mediación de la Comunitat Valenciana. Esta norma sólo es aplicable en la comunidad autónoma, pero abre, por fin, la puerta a una regulación más inteligente de esta profesión. Su principal desventaja es que se trata de un reglamento autonómico, de aplicación sólo en la Comunidad Valenciana. Esperamos que sirva de modelo al resto de regiones españolas para evitar 17 normativas diferentes. Analizamos brevemente su contenido y sus propuestas más positivas.

En lo que respecta a los propios mediadores, el reglamento crea un registro administrativo más efectivo que el actual del Ministerio de Justicia. El registro de mediadores de la Comunidad Valenciana servirá para dar publicidad a los mediadores y para realizar los nombramientos de mediadores en conflictos, tanto cuando sean pedidos por las personas que tienen el problema como cuando sean los juzgados quienes deriven los pleitos a mediación.

Un aspecto muy positivo de la normativa valenciana sobre mediación es que las personas que quieran resolver sus conflictos legales sin ir a juicio tienen a su disposición un organismo administrativo que coordinará el nombramiento de los mediadores: el Centro de Mediación de la Comunidad Valenciana. A este centro podrá acudir cualquier persona para que se le nombre un mediador de los inscritos en el registro y que facilite un acuerdo amistoso. Es una diferencia muy importante con respecto a otras comunidades autónomas donde la mediación no se impulsa de forma activa y las personas no saben a dónde acudir para que un mediador intervenga en el conflicto. Este modelo también permite gestionar el mercado privado de mediadores, pues los profesionales podrán apuntarse voluntariamente a este registro, donde tendrán más visibilidad y posibilidades de realizar mediaciones. El Centro de Mediación también designará a los mediadores que le pidan los juzgados, por lo que servirá para canalizar la actividad judicial y dará presencia a la mediación dentro del ámbito jurisdiccional.

El Centro de Mediación también se encargará de promocionar la mediación entre los ciudadanos como una forma de solucionar sus conflictos legales sin ir a juicio y con un acuerdo amistoso. Este es uno de los grandes problemas de la mediación y de los mediadores: el desconocimiento por los ciudadanos de que este sistema existe y que les puede evitar muchos quebraderos de cabeza y costes económicos. Con todo, habrá que ver qué campas se realizan, pues en los últimos años las autoridades políticas han prometido mucho y han hecho poco. Que figure en una norma reglamentaria ya es un paso interesante.

Por otro lado, el reglamento de la Comunidad Valenciana ha creado un sistema de turnos de mediación para las diferentes jurisdicciones: civil, familiar, penal, contencioso-administrativo, tráfico, laboral y general. Esto permitirá agrupar a los mediadores por especialidades y también por partidos judiciales. Cualquier mediador podrá trabajar en toda la comunidad autónoma, pero si no se cuenta con un despacho grande, lo más habitual es realizar mediaciones dentro del área geográfica de un partido judicial concreto. Un partido judicial es un área de influencia de determinados juzgados, que puede comprender sólo una localidad (si es grande, como una capital de provincia) o bien varios municipios más pequeños. Los mediadores podrán apuntarse a este sistema de turnos, que funcionará como el turno de oficio para los abogados. Los mediadores que figuren en estos turnos serán llamados por la administración para realizar mediaciones cuando lo requiera un juzgado o las propias personas que tengan el conflicto.

Para poder inscribirse en estos turnos de mediación, los mediadores deberán contar con una formación de 300 horas, preferentemente en una especialidad y 60 horas de prácticas. Además, los mediadores del turno tendrán que disponer del sello de calidad. Este sello de calidad también lo crea el reglamento y es un distintivo que se dará a aquellos profesionales que lo pidan y que certifica determinadas cosas. El mediador que disponga del sello deberá estar adscrito a un código de conducta de la mediación (que regula el Consejo Asesor de Mediación de la región), acreditará que cuenta con una formación mínima de 300 horas, con experiencia profesional en la mediación y que realiza formación continua para estar constantemente actualizado. Con este sello, la Generalitat valenciana quiere garantizar que los mediadores que ejerzan en la comunidad cuenten con una formación y experiencia suficiente para llevar a cabo su profesión.

Otra de las importantes cuestiones que regula el reglamento es la mediación gratuita para aquellas personas que no tengan recursos económicos. Funciona como la asistencia jurídica gratuita (los abogados de oficio). La persona que quiera iniciar una mediación y no disponga de medios para pagar los servicios del mediador deberá solicitar que se le designe uno de oficio. Estas personas tendrán que cumplir los mismos requisitos económicos que para solicitar un abogado de oficio. Por su lado, los mediadores de oficio cobrarán de la Generalitat por los servicios que presten y en función de unos módulos económicos indicados en el reglamento. Como sucede con los abogados del turno de oficio, los mediadores de oficio deberán justificar las mediaciones realizadas y las fases de cada procedimiento para cobrar de la administración pública.

Por último, pero no menos importante, el reglamento también contempla otra vicisitud con la que nos encontramos los mediadores cuando acabamos nuestra formación: adquirir experiencia práctica. La norma indica que los mediadores en prácticas podrán acudir a mediaciones junto con otros mediadores con experiencia, respetando el principio de confidencialidad y siempre que las personas que tienen el conflicto lo autoricen. Además, la Generalitat firmará acuerdos con las universidades de la región para potenciar estas prácticas.

En definitiva, el reglamento de mediación elaborado por la Comunidad Valenciana va por el buen camino para que la mediación se convierta en una herramienta eficaz para la sociedad y los ciudadanos, y para que estos perciban que la mediación les puede ser útil. Promoción de la mediación, regulación de un turno de nombramientos de mediadores, hincapié en la formación y en la profesionalización, calidad y posibilidad de adquirir experiencia para los nuevos profesionales. Esperemos que el resto de las comunidades autónomas tomen nota y copien lo mejor de esta medida.

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