Mediación y custodia compartida de perros y mascotas

Ante un divorcio o una separación (ojo, porque no son la misma cosa) surge el problema de qué parte de la pareja se queda con el perro o la mascota. A día de hoy no existe en la ley una custodia compartida de perros o mascotas. La reforma que se propuso en 2019 del Código civil para recoger esta posibilidad no llegó a ver la luz. Así que, ante una ruptura de pareja, si no hay acuerdo, el juez decidirá quién se queda con el perro o la mascota. Y en un juicio puede pasar cualquier cosa.

Para evitar sorpresas, la mediación es una herramienta importante para las parejas que se separan o divorcian, porque les puede ayudar a conseguir una custodia compartida de su perro o mascota.

Otro aspecto fundamental es que ese régimen de custodia y visitas lo deciden ellos y no un juez.

No hay que olvidar que el juez no entiende el amor que cada uno siente por el perro y la vinculación afectiva que tienen con el animal.

En el despacho de mediadores Pactio Mediación recibimos muchas consultas de personas que quieren realizar este tipo de mediación familiar.

Por eso, conocemos de primera mano la importancia que tiene la resolución de este conflicto para todos los implicados.

A la hora de valorar la trascendencia de la custodia compartida de mascotas, hay que tener en cuenta que el número de mascotas en España ha ido creciendo significativamente en los últimos años.

En 2018, según la Fundación Affinity, el 49,8% de los hogares españoles tenía, al menos, una mascota.

También ha aumentado la sensibilidad hacia los derechos de los animales.

Esto ha contribuido a una modificación del Código Penal español en 2003.

El objetivo ha sido distinguir específicamente entre los daños producidos a los animales domésticos de los que pueden sufrir las cosas.

Es decir, en ese texto legal se reconoció que los animales son seres que sienten y no bienes muebles.

Quién es el dueño legal de un perro o mascota

La definición de propiedad y de quiénes son los dueños legales de las cosas en España se encuentra en el Código civil.

La clasificación de los bienes que se especifica en el artículo 333 del Código Civil no distingue a los animales de ninguna manera específica.

Por eso, técnicamente, siguen siendo considerados “cosas”.

Otra peculiaridad es que los animales no se pueden dividir, por lo que se sitúan bajo el paraguas de lo proindiviso.

De forma muy resumida, y siguiendo las sentencias de custodia de perros que ya hay, se puede decir que el dueño legal de un perro o mascota es aquella persona que lo ha comprado o adoptado y cuyo nombre figura en los documentos de compra o adopción.

A falta de estos documentos, se puede considerar propietario a aquella persona que ha asumido mayores gastos en el cuidado y atención del animal (se están dando los primeros pasos para regular la custodia compartida de mascotas).

Ahora bien, hay que tener en cuenta determinados matices. Por ejemplo, cuándo se compró o adoptó al perro o mascota:

  • Si la pareja no está casada, quien hiciese la compra/adopción es el propietario del animal.
  • Si la pareja está casada y la compra/adopción se realizó antes del matrimonio, la persona que la hiciese es el dueño.
  • Si la pareja está casada en régimen de bienes gananciales y la compra/adopción se realizó con el matrimonio en vigor, el perro o mascota pertenece a los dos cónyuges.
  • Si la pareja está casada en régimen de separación de bienes y la compra/adopción se realizó con el matrimonio en vigor, el perro o mascota es propiedad de quien realizase la operación, pero no del otro cónyuge.

La diferencia de conceptos entre el Código penal (que reconoce a los animales domésticos como seres sensibles) y el Código civil (que sólo contempla a los animales domésticos como “cosas”) crea un cierto vacío a la hora de determinar quién se queda con las mascotas en caso de divorcio o de ruptura (si no había matrimonio).

A ello se suma el hecho de que la custodia compartida de las mascotas no existe como tal en la ley.

Eso se debe a que la idea de “custodia compartida” sólo se puede aplicar a personas, concretamente a los hijos comunes de la pareja.

Abordar la cuestión de quién es el dueño legal de la mascota en una pareja que se separa o divorcia en términos de custodia compartida es una manera de formular el conflicto.

Pero realmente no refleja la existencia de una ley de custodia compartida de mascotas.

Sentencia de custodia compartida del perro “Cachas”

De hecho, la sentencia que más ha revolucionado la doctrina de custodia compartida de perros y mascotas fue la emitida por el Juzgado de 1ª instancia nº 9 de Valladolid el 27 de mayo de 2019.

En ella se habla de “posesión exclusiva por periodos temporales”.

Pese a este precedente, llevar a juicio la custodia de la mascota es dejar al albur del tribunal lo que suceda con ella.

Sólo en caso de que haya hijos, la decisión del juez es casi predecible.

La razón es que se considera que la relación con las mascotas es muy beneficiosa para los menores, cuyos intereses prevalecen.

Variables en juicios de custodia compartida de mascotas

En España no se puede decir que exista una jurisprudencia uniforme sobre la custodia de animales.

Cada juez decidirá lo que considera más adecuado, en función de múltiples variables.

Entre esas variables destacan la titularidad del animal, la documentación que se presente sobre gastos realizados o la capacidad de cuidado de cada cónyuge.

También se pueden valorar pruebas específicas.

Por ejemplo, sobre los efectos negativos que el cambio de entorno y otros factores pueda tener sobre el animal de compañía.

Otro factor que no hay que desdeñar es el temporal. Sentencias como la del perro Cachas pueden retrasarse durante meses, o años.

Esta tardanza acrecienta la tensión emocional y los conflictos que el propio divorcio o separación lleva aparejado, tanto entre los dueños como en el propio animal.

¿Por qué no reducir esta incertidumbre gracias a la mediación?

Cómo compartir perro o mascota con tu ex

El procedimiento de mediación es un buen recurso para personas que quieren compartir perro u otra mascota con su ex sin llegar a los tribunales.

Otras ventajas de la mediación son que los periodos de negociación suelen ser más cortos y su coste económico, más reducido.

Además, la mediación ayuda con el proindiviso, elaborando acuerdos a medida de cada situación.

Recordemos que proindiviso son aquellas cosas que no se pueden partir en trozos, como los animales.

Con la guía de un mediador cualificado, los cónyuges podrán alcanzar un acuerdo de mediación personalizado que recoja sus necesidades y deseos y tengan también en cuenta los de su animal de compañía.

Si es un gato, puede ser recomendable no cambiarle de domicilio cada poco tiempo, dado que son animales muy territoriales y sufren estrés con este tipo de situaciones.

En caso de que se acuerde el reparto del tiempo de un perro, se puede especificar el periodo de tenencia de cada uno, el lugar de intercambio, las visitas puntuales y el lugar en el que se realizarán, etcétera…

Acuerdo de mediación sobre custodia compartida de mascotas

Un acuerdo de mediación sobre custodia compartida de perros y mascotas también puede incluir el régimen de gastos a compartir, tanto habituales como extraordinarios.

Los acuerdos de mediación sobre custodia compartida de mascotas también pueden contemplar todo lo relacionado con los cuidados específicos que hay que priorizar, la tenencia en periodos especiales del año (vacaciones) o, incluso, el espacio en el que se debe realizar la cesión del animal.

Esos espacios pueden ser, por ejemplo, una clínica veterinaria de confianza o a través de una tercera persona común.

Lo mejor de la mediación a la hora de acordar la custodia compartida de las mascotas es que los dos cónyuges podrán expresar sus necesidades y posibilidades.

Como el acuerdo de mediación reflejará los intereses de ambos, se puede decir que los dos ganan.

La razón última de la mediación es que todas las partes salgan ganando y que se mantenga la comunicación necesaria para su beneficio común.

Su objetivo común –el bienestar de la mascota- habrá servido para establecer unos canales de comunicación adecuados.

Gracias a ellos, si tienen que establecer periodos temporales de posesión exclusiva, podrán gestionar su preocupación por la mascota y las potenciales visitas de una manera mucho más humana y útil.

Otra razón por la que merece la pena recurrir a la mediación a la hora de gestionar la custodia compartida de las mascotas que es la validez del acuerdo de mediación es similar al de un contrato.

Esto significa que el acuerdo de validez es de obligado cumplimiento.

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